Es aquella gestión o actividad remunerada ejercida por personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que tiene por objeto promover, defender, defender o representar cualquier interés particular, para influir en las decisiones que, en el ejercicio de sus funciones, deban adoptar los sujetos pasivos conforme a la ley respecto de los actos y decisiones reguladas en la misma.
Sujetos activos
Quienes realizan gestiones de lobby o gestión de interés particular ante los sujetos pasivos establecidos en la ley.
Sujetos pasivos
Las autoridades y funcionarios frente a los cuales se realiza lobby o gestión de interés particular, los cuales deben cumplir deberes de registro y transparencia que establece la ley.
Es la obligación que tienen los organismos del Estado de mantener a disposición permanente del público los antecedentes señalados en el artículo 7o, a través de sus sitios electrónicos, y actualizados a lo menos una vez al mes.
Es horario continuado, 24x7 horas a su servicio
Las Oficinas de Información, Reclamos y Sugerencias son espacios de atención ciudadana que permiten a las personas entrar en contacto con los diferentes servicios públicos para facilitar el ejercicio de sus derechos o el cumplimiento de sus deberes, garantizando la oportunidad de acceso y sin discriminación.
Es aquella gestión o actividad NO REMUNERADA ejercida por personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que tiene por objeto promover, defender, defender o representar cualquier interés particular, para influir en las decisiones que, en el ejercicio de sus funciones, deban adoptar los sujetos pasivos conforme a la ley respecto de los actos y decisiones reguladas en la misma.
El acto de oír en la cual el sujeto pasivo de lobby recibe a un lobista o gestor de intereses particulares, en forma presencial o virtual por medio de una video conferencia audiovisual, para tratar alguna de las materias reguladas en la ley, en la oportunidad y modo que disponga el sujeto pasivo.
No regula exhaustivamente la actividad, sino que regula su publicidad (tanto del lobby como de la gestión de intereses particulares), con el objeto de fortalecer la transparencia y probidad en las relaciones con los órganos del Estado. Se pone una lupa sobre las actividades de lobby que se ejerce respecto de las autoridades, sobre los regalos o donaciones que recibe la autoridad o sobre los viajes que realiza, todo ello con ocasión del ejercicio de sus funciones públicas.
Cualquier persona natural o jurídica, chilena o extranjera, remunerada, que realiza actividad de lobby.
Si existe, pero no es obligatoria la inscripción en él. Es decir, quien ejerce lobby no necesariamente deberá estar inscrito en él para considerarse como tal. La ley establece un registro y la inscripción opera de dos formas: (1) quien no ha ejercido nunca lobby y no se ha reunido con ninguna autoridad, para tal efecto se inscribe en el registro si así lo desea. Por ende, no es obligatorio; (2) sin embargo, quien ya se ha reunido con la autoridad con fines de lobby queda automáticamente incorporado al registro. La información que deberá entregarse por parte del lobbista para que opere la inscripción es regulada específicamente por el reglamento de la ley.
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